Programa de voluntariado en el MUHBA
Entendemos por Voluntario aquella persona que compromete parte de su tiempo libre a la realización de tareas sin ánimo de lucro en el MUHBA y de acuerdo con sus objetivos programáticos.
Que la relación del voluntario con el MUHBA se regula por el marco normativo vigente (ley 6/1996, de 15 de enero y ley 15/1991 de 13 de diciembre por la que se crea el Instituto Catalán del Voluntariado) el cual especifica que el servicio prestado nunca podrá sustituir un trabajo retribuido y que necesariamente se ha de adecuar al perfil profesional y las aptitudes de la persona interesada en realizar la prestación.
Que la integración del voluntario en el MUHBA debe hacerse según las necesidades de la institución y según las condiciones pactadas, por un lado, por el responsable del programa de voluntarios designado por el Museo y, por otra parte, por el voluntario.
- Compromiso del voluntario hacia el MUHBA
- Compromiso del MUHBA hacia el voluntario
- Catálogo de trabajos (contribución voluntaria para un trimestre / semestre)