Tarjeta de identidad de extranjero (TIE)

¿Qué debes saber?

Es el documento único y exclusivo que acredita la situación legal en España y la identidad de las personas extranjeras no comunitarias que dispongan de una autorización de residencia superior a seis meses o de todas las personas extranjeras que hayan obtenido una autorización de residencia de larga duración.

Image
TIE

MUY IMPORTANTE

Se considera un trámite prioritario que, además, debe ser realizado personalmente, ya que para obtener la tarjeta se solicita el registro de la huella dactilar.

Es obligatorio para todas las personas extranjeras a quienes se les haya expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses o para quienes hayan obtenido la residencia de larga duración.

Este documento es el que acredita su permanencia legal en el país y debe conservarse en vigor. Si no se tiene, y aunque se disponga de visado, puede significar una sanción.

Hay cierta confusión en el uso de los términos NIE (número de identidad de extranjero), certificado de registro de ciudadanos de la Unión y TIE. Para aclarar posibles dudas, consulta ¿Qué es el NIE?

Existe una elevada demanda de citas previas, por lo que puede ser difícil conseguir hora la primera vez que se intenta solicitar. Por este motivo, se recomienda intentar obtener cita tan pronto como se llegue a España.

¿A quién se dirige?

Va dirigido a:

  • Los ciudadanos y ciudadanas extracomunitarios que quieran residir en España por un periodo superior a seis meses.
  • Todos los ciudadanos o ciudadanas extranjeros que hayan obtenido el permiso de residencia de larga duración.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Para solicitar la TIE se deben dar alguno de los siguientes casos:

  • Disponer de un visado o una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses.
  • Haberse modificado o alterado la situación legal de la persona titular de la TIE, o su situación laboral incluyendo la renovación de la autorización.
  • Haber sido robada, extraviada, destruida o inutilizada la TIE de la que se disponía.

¿Cuál es su vigencia?

La TIE tendrá idéntico periodo de vigencia a la autorización o el reconocimiento del derecho que justifique su expedición.

El plazo de solicitud es de un mes desde la entrada en España, o desde la fecha de la publicación de la resolución de la autorización de residencia. 

¿Cómo debes hacer el trámite?

Al tratarse de un trámite identificativo del ciudadano o ciudadana extranjero, únicamente puedes realizarlo de forma presencial en la comisaría de policía correspondiente.

Recuerda que, para la realización del trámite, se requiere la identificación mediante la huella dactilar.

¿Qué pasos debes seguir?

Paso 1: Tramita la obtención del visado o la autorización
  • Para poder solicitar la TIE debes obtener previamente el visado o la autorización que te dé permiso para residir o residir y trabajar en el territorio nacional. La tarjeta es el último paso necesario para formalizar dicho permiso de trabajo, y no puede solicitarse sin la previa expedición de este.
Paso 2: Obtén el número de la Seguridad Social y el alta (si te es necesario)
  • Después de tu entrada en España y antes del inicio de la actividad laboral, debes afiliarte a la Seguridad Social solicitando el número de la Seguridad Social y el alta en el sistema. Si no vas a trabajar (porque por ejemplo eres estudiante), este paso no es necesario.
Paso 3: Rellena el formulario y recopila la documentación necesaria
  • Debes descargar, rellenar y firmar el formulario por duplicado.
  • Para los perfiles de estudiantes y trabajadores/as por cuenta propia o autónomos/as se debe utilizar el formulario EX-17, ya que su procedimiento se rige por el procedimiento general (Ley orgánica 4/2000).
  • Para los perfiles de la llamada ley de emprendedores (Ley 14/2013), se debe utilizar el formulario oficial MI-TIE. Se trata de los perfiles que gestiona la Unidad de Grandes Empresas (UGE): inversores/as, emprendedores/as, profesionales altamente cualificados/as, investigadores/as, profesionales que efectúen movimientos intraempresariales, teletrabajador/a o nómadas digitales y profesionales en producciones del sector audiovisual y cultural y familiares de los supuestos anteriores. El formulario se encuentra disponible únicamente en castellano. Con el fin de ayudar a cumplimentar el formulario, se ha traducido a diferentes idiomas con carácter meramente informativo:
  • Antes de iniciar el periodo de solicitud, consulta y prepara la documentación que te requerirán para obtener la tarjeta.
Paso 4: Solicita la cita previa en línea
  • Para solicitar la TIE es indispensable solicitar cita previa para presentar la documentación en la comisaría de policía correspondiente.
  • Para concertar la cita previa, debes acceder a la sede electrónica del Gobierno y seguir los siguientes pasos:
    • En “PROVINCIAS DISPONIBLES”, elige “Barcelona” y haz clic en “Aceptar”. 
    • En el campo “TRÁMITES CUERPO NACIONAL DE POLICÍA”, elige la opción:
      •  "POLICIA-EXPEDICIÓN DE TARJETAS CUYA AUTORIZACIÓN RESUELVE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES" para los perfiles de la Ley de Emprendedores que gestiona la UGE.
      • “POLICIA-TOMA DE HUELLAS (EXPEDICIÓN DE TARJETA) Y RENOVACIÓN DE TARJETA DE LARGA DURACIÓN” para los perfiles de estudiantes y trabajadores por cuenta propia o autónomo/a deben elegir la opción.
    • Lee con atención la información facilitada y haz clic en “Aceptar”.  
    • Rellena los datos personales solicitados. 
    • Selecciona la oficina donde solicitar la cita. Rellena los datos complementarios solicitados. 
    • Pide tu cita en función de las fechas y los lugares disponibles. 
    • Si así lo indicas, puedes recibir una confirmación de la cita en tu correo electrónico. 
  • Para obtener información de la dirección, los teléfonos y horarios de atención al público, consulta la página web de las oficinas de extranjería (Dependencias Policiales).
Paso 5: Paga la tasa asociada al trámite
  • Debes abonar la tasa con anterioridad a la cita previa, ya que deberás justificar el pago. Existe un único modelo (modelo 790, código 012) para realizar el pago, en el que debes señalar el tipo exacto de documento que solicitas.
Paso 6: Dirígete al lugar indicado y entrega la documentación
  • Acude al lugar indicado en el que hayas concertado cita previa para entregar la documentación y registrar tus huellas dactilares. 
  • Al finalizar la cita, recibirás un resguardo para poder acudir a recoger tu tarjeta en un periodo de cuarenta días, aproximadamente. En el resguardo se indicará el lugar de recogida.
  • Los niños y niñas menores de 5 años no deben realizar el proceso de puesta de huellas necesario para solicitar la tarjeta, pero sí deben acudir personalmente para solicitarla. En cambio, en algunas comisarías no es necesario que asistan nuevamente para poder recogerla, ya que pueden hacerlo sus progenitores o tutor legal.
Paso 7: Recoge tu tarjeta de identidad de extranjero
  • Acude al lugar indicado, con tu pasaporte y el resguardo de recogida de tarjeta, para recoger tu TIE, acreditando ser el destinatario o destinataria del documento. 

¿Quién puede hacer la solicitud?

La presentación de la solicitud debe realizarla la propia persona extranjera y de forma presencial, ya que le será requerida la identificación mediante huella dactilar para obtener la tarjeta. 

¿Qué documentación es necesaria?

Con carácter general, deberás aportar el original y la copia de los documentos.

Es importante que sepas que los documentos públicos emitidos en tu país de origen que sean necesarios para realizar trámites para venir a Barcelona deberán cumplir con los requisitos de legalización internacional.

MUY IMPORTANTE

Los documentos deberán estar traducidos al castellano mediante traducción jurada y correctamente legalizados. Cuando se trate de formularios plurilingües estándares de la UE no serán necesarias ni su traducción ni su legalización.

La forma de legalización dependerá de si el país emisor del documento es signatario o no del convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961:

Si el país emisor del documento público es signatario, el documento será reconocido si cuenta con el sello de la apostilla de La Haya. Este sello se tramitará en el país de origen.

Si el país emisor del documento público no es signatario, entonces el proceso de legalización se realizará por vía diplomática.

Obtén más información sobre la legalización y traducción de los documentos.

Deberás reunir:

  • Justificante de la cita.
  • Formulario de solicitud por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte o título de viaje con el sello de entrada a España, signo o marca del control realizado en el puesto fronterizo. 
  • Justificante del pago de la tasa de la tarjeta. 
  • Una fotografía reciente en color, con fondo blanco, tamaño carné.
  • Acreditación de uno de los siguientes requisitos:
  • En general, documentación que acredite el alta en el padrón de municipal de habitantes de la ciudad de Barcelona. Para los perfiles de la llamada ley de emprendedores (Ley 14/2013) el padrón no es necesario. 
  • En el caso de haber perdido la tarjeta o de que haya quedado inutilizada: denuncia por extravío o robo o presentación de la tarjeta inutilizada.
  • Copia de la resolución administrativa de concesión de la autorización de residencia. 
  • En el caso de menores, deberán ir en compañía de su representante legal con la debida documentación (padre, madre o tutor o tutora).
  • En caso de reagrupación familiar, debe acudir el o la familiar reagrupante con su tarjeta original.
  • En caso de permisos o visados solicitados conjuntamente por unidades familiares, el titular del visado o permiso deberá estar presente en cada una de las citas de los miembros familiares.   

¿Cuál es el plazo?

Aproximadamente cuarenta y cinco (45) días.

¿Cuál es el coste?

La tasa depende de la autorización de residencia que documenta la tarjeta.  En base a esto, las tasas varían, y pueden ser:

  • "TIE que documenta la autorización de residencia de larga duración o residencia de larga duración - UE": tasa de 21,87 euros. 
  • La tasa para otros tipos de TIE oscila entre los 16 euros y los 20 euros.

¿Quieres saber más?

Organismo responsable del trámite

Cuerpo Nacional de Policía (Ministerio del Interior, Gobierno de España)

Más información

Puedes consultar el Portal de Migraciones del Gobierno de España (disponible únicamente en castellano).

Trámites vinculados importantes

Para poder solicitar la TIE es imprescindible haber realizado los siguientes trámites:

AVISO IMPORTANTE

Los procedimientos tienden a cambiar con frecuencia. Por tanto, solo es aplicable lo dispuesto por la normativa vigente en el momento de la realización del procedimiento de que se trate.