Comprar una vivienda

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Mano girando las llaves de la puerta de entrada de un piso en Barcelona

Antes de iniciar el camino hacia la compra de una vivienda, asegúrate de que dispones de tu número de identidad de extranjero (NIE), ya que es un requisito legal para comprar una propiedad en España. Consulta la sección de trámites.

Además, deberás disponer de una cuenta bancaria para poder realizar los pagos necesarios.

Si tienes dificultades con el idioma, sea el catalán o el castellano, te recomendamos que cuentes con el asesoramiento de un abogado o abogada o de una persona experta en asuntos inmobiliarios. Te puede facilitar, por ejemplo, traducciones de documentos y darte todas las explicaciones que necesites.

La compra no es un proceso complejo, pero requiere trámites y comprobaciones que llevan su tiempo.

Si necesitas financiación para adquirir tu vivienda, puedes solicitar una hipoteca a tu banco. Habitualmente, el importe máximo de este tipo de préstamo es del 80 % del precio de compra.

Sea compra o alquiler, debes saber que la vivienda debe disponer de la cédula de habitabilidad y de un certificado de eficiencia energética.

Asegúrate también de que la vivienda está libre de cargas, como, por ejemplo, afectaciones administrativas urbanísticas o deudas pendientes. Ten en cuenta que en España las hipotecas pueden transferirse al nuevo titular.

Una vez esté todo en regla, deberás firmar un contrato de arras. Este documento debe incluir todas las especificaciones de la vivienda y establecer las condiciones de la venta final: precio, forma de pago y plazo máximo para realizarla (normalmente, dos meses). Con la firma de este documento, suele abonarse una suma equivalente al 10 % del precio de venta (como una fianza). Si durante el plazo establecido el propietario o propietaria decide no vender o infringe lo que indica el contrato de arras, tendrá que reembolsar el doble del importe de la fianza. Si quien compra es quien se echa atrás, perderá la cantidad entregada.

La firma del contrato de compra se realiza al cabo de un par de meses desde el contrato de arras, y en ella participan la parte vendedora, la parte compradora y el notario o notaria. En ese momento, deberás hacer frente al pago de los impuestos —IVA, si es una vivienda nueva, o impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), si es de segunda mano— y a los gastos de notaría y de inscripción en el Registro de la Propiedad.

Si es necesaria una hipoteca, tendrás otros gastos derivados, como por ejemplo contratar una póliza de seguros que cubra los riesgos de causas fortuitas y daños a terceros.

Todo lo que necesitas saber

Consulta la información práctica que necesitas cuando te mudas a la ciudad de Barcelona.

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