Homologación y convalidación de estudios universitarios
¿Qué debes saber?
Es un procedimiento mediante el cual se reconoce la validez oficial en España de los títulos de educación superior, sobre profesiones determinadas, cursados en el extranjero.
MUY IMPORTANTE:
Mediante la homologación se obtiene el reconocimiento oficial del grado académico, se habilita a continuar estudios del siguiente nivel educativo y se puede ejercer la profesión correspondiente. Se pueden homologar todos los estudios de sistemas educativos extranjeros no universitarios, excepto los de idiomas. Es necesario haber completado unos estudios y obtenido un título.
Mediante la convalidación se reconocen estudios cursados en el extranjero y se permite a los y las estudiantes acabar las asignaturas o materias que no se hayan convalidado, o bien obtener el título en el país donde se desea convalidar. Aquí no hace falta haber completado los estudios o haber obtenido el título.
¿A quién se dirige?
Se dirige a las personas tituladas por una institución de educación superior oficial no española que quieren obtener la homologación o convalidación de los títulos.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Disponer de un título superior oficial emitido por una institución no española y abonar la tasa para poder iniciar el procedimiento.
Para la tramitación de los expedientes de homologación de títulos extranjeros no se tendrán que presentar los documentos originales de los títulos, programas o cualquier otra documentación, sino la fotocopia compulsada de estos documentos.
¿Cómo debes hacer el trámite?
La solicitud de homologación y convalidación de títulos extranjeros de educación superior puedes hacerla en línea o de forma presencial.
¿Qué pasos debes seguir?
EN LÍNEA
Paso 1: Reúne la documentación necesaria y escanéala para adjuntarla telemáticamente
Paso 2: Accede a la sede electrónica para presentar la solicitud
- Accede a la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, opción ″Títulos universitarios″
- Para presentar la solicitud sigue el enlace “Homologación de títulos extranjeros de educación superior a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España” y pulsa el botón “Acceder al Procedimiento”.
- Puedes identificarte mediante el sistema Cl@ve o un certificado digital. En la página de tramitación dispones de toda la información de los requisitos necesarios. También tienes la opción de identificarte mediante usuario y contraseña. Para ello deberás crear el usuario previamente en la sede.
- Dispones de varias pestañas para cumplimentar la información solicitada. El procedimiento telemático te requerirá la documentación necesaria para tu caso. Puedes guardar un borrador de tu solicitud e ir completando la documentación previamente a su presentación.
- Puedes descargarte el formulario 790-107 de pago de tasa para hacer el pago a través de una entidad financiera y luego poder adjuntarlo a la solicitud.
- Una vez presentada la solicitud pulsando en enviar, quedará también registrada en el registro general de las administraciones públicas y el sistema te generará un justificante de esta presentación por registro.
- Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta del expediente en la página de información administrativa.
Paso 3: Obtén la resolución definitiva mediante certificado de equivalencia
- Las resoluciones de homologación y convalidación de títulos extranjeros de educación superior se formalizarán mediante un Certificado de Equivalencia expedido por la Subdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.
- Todos los Certificados de Equivalencia serán enviados en formato digital con firma electrónica.
- En caso de que requieras que la entrega de los certificados de equivalencia se haga en otras dependencias, lo podrás solicitar, mediante escrito dirigido a la Subdirección General, que deseas que tu certificado de equivalencia se te envíe:
- al Área de Alta Inspección de Educación de la Delegación del Gobierno o a la Subdelegación del Gobierno
- a la Consejería de Educación de la Embajada de España.
PRESENCIAL
Paso 1: Rellena la solicitud y recopila la documentación
- Debes rellenar la hoja de solicitud de homologación y convalidación de títulos o estudios extranjeros universitarios.
- Antes de continuar con la solicitud, consulta y prepara la documentación que te requerirán para formalizar la preinscripción.
Paso 2: Efectúa el pago de la tasa
- Debes efectuar el pago de la tasa asociada a la homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros.
- Descarga, rellena e imprime la solicitud formulario 790-170.
- Posteriormente, debes presentar el impreso en cualquier entidad bancaria.
- La justificación del abono de la tasa será un requisito necesario para la tramitación del expediente.
Paso 3: Dirígete al lugar indicado y presenta la documentación
- Tienes que presentar la hoja de la solicitud y la documentación requerida acudiendo a cualquier registro público de la Administración General del Estado, comunidades autónomas o algunas de las administraciones locales (algunos ayuntamientos han suscrito convenios que les permiten actuar como registro público).
Paso 4: Recibirás la resolución
- Las resoluciones de homologación y convalidación de títulos extranjeros de educación superior se formalizarán mediante un certificado de equivalencia expedido por la Subdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.
- La entrega se hace normalmente por vía digital pero si es necesario puedes recoger el documento de la homologación personalmente o a través de una persona o gestoría autorizada, debidamente acreditada.
- El lugar asignado para recoger la documentación es la sede de la Subdirección General (paseo de la Castellana, 162, Madrid). Aun así, mediante un escrito dirigido a la Subdirección General, puedes solicitar que se te envíe la documentación a las siguientes entidades:
- El Área Funcional de Alta Inspección de Educación de la Delegación del Gobierno o la subdelegación del Gobierno a la que desees dirigirte para recogerla
- La Concejalía de Educación de la embajada de España
- Finalmente, debes saber que la resolución de la homologación de títulos extranjeros de educación superior puede quedar condicionada a la superación de determinados requisitos formativos complementarios.
¿Quién debe solicitarlo?
La presentación de la solicitud debe hacerla el propio ciudadano o ciudadana que desea obtener el reconocimiento de los títulos.
¿Qué documentación es necesaria?
La documentación debe presentarse acompañada de la hoja de presentación de la documentación que se obtiene cuando se formaliza la solicitud telemática.
Los documentos que se presentan deben ser oficiales y ser expedidos por las autoridades competentes.
La documentación imprescindible es la siguiente:
- Documento que acredite la identidad y nacionalidad de la persona solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En formato de copia compulsada para la tramitación presencial y original escaneado para la tramitación en línea.
- Título del que se solicita la homologación o la convalidación y, en su caso, su traducción oficial. En formato de copia compulsada para la tramitación presencial y original escaneado para la tramitación en línea.
- Certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial. En formato de copia compulsada para la tramitación presencial y original escaneado para la tramitación en línea.
- Acreditación del pago de la tasa 790-107.
- Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la profesión correspondiente. En formato de copia compulsada para la tramitación presencial y original escaneado para la tramitación en línea.
La fotocopia compulsada es una copia auténtica del documento original que certifica su validez. Se puede solicitar en las oficinas de registro o a través de un notario del Estado español, presentando el documento original. Para más información, consulta el apartado correspondiente del web de trámites del Ayuntamiento de Barcelona (disponible en catalán y castellano).
MUY IMPORTANTE:
Los documentos deberán estar traducidos al castellano mediante traducción jurada y correctamente legalizados. Cuando se trate de formularios plurilingües estándares de la UE no serán necesarias ni su traducción ni su legalización.
La forma de legalización dependerá de si el país emisor del documento es signatario o no del convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961:
Si el país emisor del documento público es signatario, el documento será reconocido si cuenta con el sello de la apostilla de La Haya. Este sello se tramitará en el país de origen.
Si el país emisor del documento público no es signatario, entonces el proceso de legalización se realizará por vía diplomática.
Obtén más información sobre la legalización y traducción de los documentos.
¿Cuál es el coste?
La tasa es única y se actualiza cada año.
Puedes consultar la tasa vigente en el formulario 790-170.
¿Quieres saber más?
Organismo responsable del trámite
El Ministerio de Educación y Formación Profesional (Gobierno de España).
Más información
Puedes consultar el enlace de la página oficial a los servicios a la ciudadanía del web del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Trámites vinculados importantes
Puedes realizar el trámite en linea con un certificado digital.