Canje del permiso de conducción
¿Qué debes saber?
Es el procedimiento que permite obtener el derecho a conducir en todo el territorio español para aquellos ciudadanos y ciudadanas con un permiso expedido en su país de origen.
Un canje de permiso consiste en la homologación de un permiso de conducir extranjero, cambiándolo por el permiso español equivalente, siendo un trámite mucho más sencillo de realizar que la obtención de un nuevo permiso. El canje del permiso incluye de una vez la homologación de todas las autorizaciones de conducir que tengas en tu permiso.
MUY IMPORTANTE:
Los requisitos pueden variar según el país de expedición de tu permiso de conducir.
Se pueden canjear permisos de conducir de países de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein), Andorra, Suiza y Mónaco, y de otros países siempre y cuando exista un convenio previo entre ambos países.
No podrás realizar el canje y, por lo tanto, tendrás que obtener un nuevo permiso:
- Si tu país de origen no aparece en el listado de países con convenio.
- El permiso que quieres canjear fue obtenido a su vez como canje de otro país con el que España no tenga convenio.
- Si obtuviste tu permiso extranjero siendo ya residente legal en España.
- No será posible canjear los permisos expedidos en Venezuela en formato PDF por no cumplir la normativa europea.
Los tipos de permisos de conducción más comunes son los siguientes:
- Los permisos de coche (B, B1 y BE), que pueden obtenerse a partir de los 18 años y tienen una validez de diez años. No es necesario hacer pruebas, el canje es directo.
- Los permisos de motocicleta (AM, A1, A2 y A), que pueden obtenerse a partir de los 15, 16, 18 y 20 años, respectivamente, y tienen una validez de diez años. No es necesario hacer pruebas, el canje es directo.
- Los permisos de camiones y autobuses (C y D) requieren la realización de pruebas de aptitud adicionales (práctica y, en algunos casos, teórica) para poder hacer el canje, con lo cual, conllevan un coste mayor.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Como norma general, tienes que cumplir con los siguientes requisitos:
- Debes tener la residencia legal en España.
- Debes disponer de algún permiso de conducir expedido en tu país de origen (debe ser un país de la UE, del EEE u otro país que haya firmado convenio con España).
- Tu permiso de conducir tiene que estar vigente y no haber sido retirado. Deberás entregar el documento físico original.
- Debes haber obtenido tu permiso de conducir antes de ser residente legal en España o con fecha anterior a la firma del convenio (si fuera el caso).
- Debes tener la edad mínima establecida en la normativa española para poder conducir.
- Únicamente serán canjeables los permisos de conducción expedidos en origen en tarjeta de plástico.
Las condiciones para el canje del permiso de conducir varían en función del país de origen:
Permisos de la UE y EEE
La realización del canje es totalmente voluntaria.
Si tu permiso de conducir fue expedido por un país de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE), como Islandia, Liechtenstein y Noruega, tu permiso será válido para conducir en España mientras esté en vigor y no haya sido retirado por ninguna razón, con la salvedad que la edad mínima requerida para la conducción corresponderá a la exigida para obtener el permiso de conducir español correspondiente.
El o la titular de un permiso de conducción expedido en uno de estos estados que haya adquirido su residencia normal en España, quedará sometido a las disposiciones españolas relativas a su periodo de vigencia, de control de sus aptitudes psicofísicas y de asignación de un crédito de puntos.
Cuando se trate de un permiso de conducción no sujeto a un periodo de vigencia determinado, su titular deberá proceder a su renovación una vez transcurridos dos años desde que establezca su residencia normal en España.
No puedes tener, al mismo tiempo, más de un permiso de conducir de la UE.
Tu permiso tiene que ser expedido por la administración del país de la UE donde resides habitualmente.
Permisos de fuera de la UE y del EEE, por países con convenio
Si quieres seguir conduciendo en España, deberás realizar un canje.
Si tu permiso de conducir fue expedido por un país de fuera de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE), como Islandia, Liechtenstein y Noruega, o por un país con el que exista un convenio con España, tu permiso solo será válido para conducir en España durante un plazo de seis meses, como máximo, contados desde que hayas adquirido la residencia normal en España.
Algunos de los países con convenio de canje son los siguientes: República Argelina Democrática y Popular, República Argentina, República de Bolivia, República de Chile, República de Colombia, República de Ecuador, Reino de Marruecos, República de Nicaragua, República de Perú, República Dominicana, República de Panamá, República de Paraguay, República de Uruguay, República Federativa de Brasil, República de El Salvador, República de Filipinas, República de Guatemala, República de Serbia, República de Turquía, Túnez, Ucrania, Macedonia.
No obstante, puedes consultar la lista completa de países que tienen convenios bilaterales con España y sus fechas, en la sede electrónica de la DGT.
Permisos del Reino Unido
Si quieres seguir conduciendo en España, deberás realizar un canje. Con la salida del Reino Unido de la Unión Europea, los permisos de conducir británicos dejaron de ser válidos para conducir en España a partir del 31 de diciembre de 2020. Acorde a los últimos cambios, los permisos de conducir emitidos por las autoridades del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte serán válidos para conducir en España durante un plazo de seis meses desde:
- El 16 de marzo de 2023, fecha de aplicación provisional el acuerdo entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el reconocimiento recíproco y el canje de permisos nacionales de conducir y sobre el intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial o
- la entrada de su titular en España o
- la fecha de obtención de su residencia legal en nuestro país.
En el momento de finalizar el trámite, se te retirará el permiso original y se te entregará un permiso provisional. En un plazo aproximado de un mes y medio, la DGT te mandará por correo el permiso definitivo. No es necesario ir a la jefatura u oficina de tráfico, ya que lo mandarán por correo postal a casa del solicitante.
Puedes obtener más información consultando el siguiente enlace.
Permisos de Andorra, Corea, Japón, Suiza y Mónaco
Si quieres seguir conduciendo en España, podrás realizar un canje cuando se reúnan una serie de requisitos administrativos.
Permisos de fuera de la UE y EEE, por países sin convenio
No podrás realizar el canje de tu permiso. Si quieres seguir conduciendo en España, deberás obtener un nuevo permiso. Excepcionalmente, si eres conductor o conductora profesional residente en España y tienes un permiso de conducir expedido por un país no comunitario con el que España no tiene convenio, tienes la posibilidad de canjearlo por uno español cumpliendo una serie de requisitos.
¿Cuál es su vigencia?
El permiso de conducir tiene un período de validez de diez años.
¿Cómo debes hacer el trámite?
¿Qué pasos debes seguir?
Paso 1. Solicita cita
- Para iniciar el procedimiento, lo primero es solicitar una cita en la DGT. Asegúrate de que solicitas la opción “Canjes de permisos de conducción”. Al hacer la solicitud te darán cita para un día concreto en una jefatura u oficina de tráfico.
- Independientemente de que vayas a entregar la documentación físicamente o por internet, es imprescindible que solicites esta cita, ya que con esta solicitud comenzará el proceso de verificación de equivalencia y autenticidad de los permisos de conducción que quieres canjear con tu país de origen.
- Para poder continuar con el canje es necesario que se confirme la validez de tu permiso por parte de las autoridades del país que te lo ha expedido. Es por eso por lo que muchas veces los plazos se alargan.
- Podrás reservar una única cita para canjes. Recuerda que, si anulas tu cita para canjear tu permiso, deberás iniciar un nuevo procedimiento administrativo, por lo cual se volverá a solicitar la verificación correspondiente al país de expedición de tu permiso de conducir.
Paso 2. Verificación del canje
- En todo momento puedes consultar el estado en que se encuentra la verificación del canje por parte de tu país introduciendo tu NIF o NIE.
- Se considerará confirmado si el estado que aparece en tu solicitud es: CONTESTADA. La solicitud se puede encontrar en uno de los siguientes estados:
- Pendiente: el país de la persona solicitante no ha contestado todavía a la petición de información realizada.
- Contestada: la persona solicitante podrá ser atendida el día indicado, sin que ello indique la concesión del canje.
- Rechazada: el país del solicitante indica que no tiene datos de esta.
- Una vez verificado que ya tienes confirmado el canje de tu permiso por parte de tu país, se puede continuar con la tramitación de tu permiso.
Paso 3. Presentación de la documentación requerida
- Una vez confirmada la posibilidad de realizar el canje, tendrás que presentar la documentación necesaria.
- Puedes hacer esta presentación presencialmente, acudiendo con toda la información necesaria el día de la cita que te dieron en el primer paso.
- Si tu país ha contestado afirmativamente, la DGT procederá a realizar el canje de tu permiso.
- Si no hubiera contestado, volverán a solicitarle a tu país la información necesaria y te darán una nueva cita en ese mismo momento.
- En el momento de presentar la documentación, si todo está correcto y tu canje no requiere realizar una prueba adicional, te darán un justificante de tu nuevo permiso español, que te servirá para conducir mientras se te envía el definitivo a tu domicilio.
- En caso de que el canje exija hacer una prueba adicional, ya sea solo la práctica o teórica y práctica, deberás solicitar cita para realizar dichas pruebas.
- Una vez superada la prueba, acude a tu jefatura de u oficina de tráfico con cita previa para que te retiren tu permiso extranjero y te den un justificante de tu nuevo permiso español, que te servirá para conducir mientras se te envía el definitivo a tu domicilio.
Paso 4. Recibe el permiso
Recibirás el permiso de conducir definitivo en tu domicilio.
¿Quién puede hacer la solicitud?
Deben solicitarlo las personas que tienen un permiso de conducción expedido en su país de origen (excepto los que no sean comunitarios y que no tienen convenio), que establezcan su residencia en España y que quieran conducir un vehículo por el territorio español.
La solicitud del canje debe hacerla el titular del permiso o cualquier persona autorizada en su nombre. Para autorizar a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través del Registro de apoderamientos de la DGT.
El o la representante también puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por la persona interesada donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello, descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Si el trámite lo va a realizar otra persona en tu nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI de la persona interesada y también el de la persona autorizada.
¿Qué documentación es necesaria?
- Solicitud de canje cumplimentada en impreso oficial, donde se incluye una declaración de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores y de no poseer otro permiso de la UE o del EEE de igual clase que el solicitado o que haya sido restringido, suspendido o anulado.
- Identificación de la persona interesada: original en vigor para acreditar la identidad: DNI, tarjeta de residencia, o pasaporte en vigor.
- Acreditación de la situación de residencia:
- Para ciudadanos y ciudadanas comunitarias: certificado de registro de ciudadano de la UE
- Para ciudadanos y ciudadanas no comunitarias: tarjeta de residencia en vigor.
- En el impreso oficial puedes autorizar expresamente a la DGT a que compruebe telemáticamente tu domicilio de empadronamiento y del IAE. No obstante, si la DGT no obtiene información válida, deberás subsanarlo aportando la documentación.
- Permiso de conducción extranjero que canjear en vigor. Para los permisos expedidos por países no comunitarios, con convenio, en la Jefatura Provincial de Tráfico te podrán solicitar los informes que, en atención a las circunstancias, se estimen procedentes a fin de comprobar la autenticidad, validez y vigencia del permiso de conducir, además del cumplimiento del resto de requisitos.
- Número o justificante de pago de tasa.
- Tasa 2.3. para canjes que no requieren pruebas adicionales o
- Tasa 2.1. para canjes que requieran pruebas adicionales.
- Fotografía original. Es importante que la foto de carné que presentes sea:
- de 32 × 26 mm, reciente, en color y con un fondo uniforme de un color liso.
- Tomada de frente y con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación.
- Si por tu religión llevas el cabello cubierto, se admitirán las fotografías con velo, pero el óvalo del rostro debe aparecer totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte tu identificación.
- Acreditación de que no se residía en España cuando se obtuvo el permiso que canjear (para permisos expedidos por países no comunitarios, con convenio):
- Si tienes DNI, y la nacionalidad española te fue obtenida en tu país antes de residir en España, deberás aportar certificado de inscripción y baja consular expedidos por la Embajada de España del país en el que obtuviste el permiso.
- En otro caso, deberás aportar alguno de los siguientes documentos:
- Tarjeta de residencia, de estudiante o comunitaria.
- Certificado de registro de ciudadano/a de la UE.
- Si hubieses tenido tarjeta de residencia antes de obtener el DNI, certificado de extranjería. Si en el formulario de solicitud de cita marcas la correspondiente casilla autorizando el cotejo de los datos de identidad, no será preciso que aportes dicho certificado.
- Informe de aptitud psicofísica (para permisos expedidos por países no comunitarios, con convenio), expedido por un centro de reconocimiento de conductores autorizado:
- Si el canje no requiere realizar ninguna prueba (en general, si solo incluye autorización para permisos A y B), el informe de aptitud que tienes que presentar es el del grupo I.
- Si el canje requiere realizar alguna prueba (en general, si se incluyen permisos C y D), el informe de aptitud que tienes que presentar es el del grupo II.
¿Cuál es el plazo?
Lo normal es que un mes y medio después de la realización de tu trámite tengas tu nuevo permiso ya en tu casa.
Mientras esperas el nuevo permiso, podrás conducir con el permiso provisional durante tres meses. Dicho permiso provisional se entrega en el momento de realizar el trámite.
En el caso de duplicados, te lo entregará la DGT cuando te atiendan en ventanilla. Si se trata de una renovación, lo hará el centro médico en que realizaste el reconocimiento, y para expediciones de nuevos permisos será tu autoescuela la que te lo facilite.
Si no te llega el nuevo permiso, pasado un tiempo prudencial desde la realización del trámite, te aconsejamos dirigirte a la jefatura u oficina de tráfico donde hiciste el trámite para que te comuniquen la incidencia, buscar una solución y volver a gestionarlo si fuere necesario.
¿Cuál es el coste?
El canje y posterior expedición del permiso de conducir español con la homologación de todas las autorizaciones de conducir que tengas en tu permiso requiere el abono de la siguiente tasa:
- Tasa 2.3 de 28,87 euros, para canjes de permisos que no requieren realizar ninguna prueba, en general permisos que solo incluyen autorizaciones para conducir vehículos tipo A1, A, B, B + E - Motocicletas, coches y vehículos ligeros.
- Tasa 2.1 de 94.05 euros, para canjes de permisos que requieren realizar alguna prueba, en general permisos que incluyen autorizaciones para conducir vehículos tipo C o D - Camiones y Autobuses. Esta tasa te da derecho a dos convocatorias para realizar las pruebas. En caso de agotar las dos convocatorias, tendrás que volver a abonar la tasa para presentarte.
La tasa se actualiza anualmente.
¿Cómo se efectúa el pago?
1. Por internet, a través de la aplicación de pago de tasas de la DGT. A la hora de confirmar la compra necesitarás un certificado digital o DNI electrónico en vigor.
Puedes pagar con tarjeta de crédito o débito de una entidad financiera adherida al pago de tasas con tarjeta, o con cargo en cuenta bancaria. Ten en cuenta que has de ser titular, cotitular o estar autorizado en tu banco para que autoricen el cargo del importe del pago de las tasas.
El pago electrónico puedes hacerlo antes de ir a realizar el trámite y luego descargar el justificante de la tasa abonada, donde puedes encontrar el número de tasa, número que ayuda para poder aplicar la tasa a dicho trámite.
2. Desde la app miDGT, aplicación para móviles y tabletas de la DGT. Podrás consultar qué tasa necesitas y comprarla, así como consultar las tasas que hayas comprado, tanto el histórico como las que hayas comprado pero aún no hayas usado. Puedes consultar la página miDGT para más información y descargar la aplicación de manera gratuita tanto para Android como para iOS.
3. Presencialmente:
- En cualquier jefatura u oficina de tráfico con cualquier tarjeta de crédito o débito. Puedes pagar directamente a la hora de realizar el propio trámite. No se admite el pago en efectivo en las oficinas de tráfico.
- En cualquier entidad financiera adherida al pago de tasas. Puedes elegir entre hacerlo en efectivo o con cargo en cuenta bancaria. En este caso, tendrás que completar un formulario de autoliquidación conforme el modelo 791.
El modelo 791 puedes conseguirlo en la Jefatura de Tráfico o por internet, a través de la misma aplicación de pago electrónico de tasas y descarga de modelo 791, sin necesidad de certificado electrónico.
La aplicación generará tres ejemplares: uno para ti, otro para la Administración y uno para la entidad financiera colaboradora. Tienes que imprimirlo y seguir los siguientes pasos:
- Consigna en la parte inferior la cuenta bancaria en la que desees que se haga el cargo correspondiente. Recuerda que esta forma de pago es exclusiva para el pago de tasas y con cargo en cuenta y en efectivo.
- Tras el pago, la entidad financiera se quedará con la hoja “Ejemplar para la entidad colaboradora” y te entregará las otras dos con la firma o sello autorizado, o validación mecánica de la entidad.
- Posteriormente, deberás presentar en las ventanillas de las oficinas de Tráfico el “Ejemplar para la administración” debidamente validado.
En ese momento, el gestor de la oficina de Tráfico te entregará las tasas correspondientes pagadas en la entidad por el banco, para poder aplicarse en los trámites oportunos. El “Ejemplar para el interesado” sirve de justificante de pago realizado ante la entidad financiera.
¿Quieres saber más?
Organismo responsable del trámite
Más información
Es posible consultar, de forma telemática, el estado de tramitación que se encuentra el permiso en el web de la Dirección General de Tráfico (DGT).