Prohibida la circulación de bicitaxis en cinco ámbitos de la ciudad durante seis meses

La prohibición de circulación de estos vehículos, denominados bicitaxis, ‘rickshaws’ o ‘trixis’, se aplicará en los entornos de la Sagrada Família y del paseo de Gràcia, así como en la avenida del Paral·lel, el Park Güell y el Camp Nou. El objetivo de la medida es aligerar el empleo del espacio público y las molestias para el vecindario, es decir, garantizar el equilibrio entre los usos del espacio público.

18/07/2022 12:18 h

Elena Vazquez Marmol

La prohibición de circulación en estas cinco áreas se añade a los decretos de los distritos de Ciutat Vella y de Sant Martí, donde cada año, sobre todo durante los meses de verano, se limita la circulación de este tipo de vehículos a determinados itinerarios.

El Ayuntamiento ha aprobado inicialmente un decreto que prohíbe la circulación de los ciclos de más de dos ruedas (tipo C1) que hagan una actividad de explotación económica en diversas zonas de la ciudad y durante un periodo de seis meses, principalmente durante los meses de más actividad turística. El decreto entrará en vigor con la aprobación definitiva.

Ámbitos de prohibición de la circulación

En los últimos años, a pesar de la entrada en vigor de las restricciones a los ciclos de más de dos ruedas y a los vehículos de movilidad personal de uso comercial de Ciutat Vella y Sant Martí, el impacto del crecimiento de la actividad económica y del turismo en otras zonas de la ciudad ha provocado el desbordamiento de estos vehículos hacia otros distritos, sobre todo en zonas emblemáticas de la ciudad con interés artístico, cultural, deportivo o de grandes acontecimientos.

En estos espacios se ha observado el mismo problema de saturación del uso del espacio público, que provoca un incremento de problemas de convivencia entre los diversos tipos de movilidad. La medida de prohibir la circulación de los bicitaxis se toma para garantizar una movilidad segura, sobre todo en los desplazamientos de peatones, bicicletas y otros vehículos de movilidad personal.

La Ordenanza de circulación de peatones y vehículos obliga estos vehículos a estar inscritos en un registro municipal. Esta medida sólo implica la identificación pero no constituye un título que habilite para poder ejercer la actividad económica de transporte de viajeros desde la vía pública.

Por otra parte, el Ayuntamiento de Barcelona mantiene conversaciones con la Generalitat para que regule este tipo de actividad económica, como ente competente en materia de transporte de pasajeros.