¿Has perdido un objeto? Ven a recogerlo en la Oficina de Objetos Perdidos
El servicio de gestión de objetos perdidos está en la calle de la Ciutat, 2, en el distrito de Ciutat Vella. La oficina municipal gestiona una media de 20.000 objetos al año, un 30 % de los cuales se devuelven a las personas propietarias.- He perdido un objeto o un documento en Barcelona. ¿Qué puedo hacer?
Ponte en contacto con la Oficina de Objetos Perdidos y solicita una cita. Hay dos vías para solicitarla:
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- Sede electrónica, a través del trámite “Cita previa con la Oficina de Objetos Perdidos”.
- Teléfono gratuito 010 (o 931 537 010, si se llama fuera del área metropolitana).
En la oficina buscarán el objeto perdido. Todos los objetos o los documentos que se entregan a la Oficina de Objetos Perdidos se clasifican y se documentan con un etiquetado inteligente.
A través de los canales de contacto con la Oficina de Objetos Perdidos, también se puede cancelar o consultar la cita solicitada.
- He encontrado unas gafas, una cartera en la calle. ¿Dónde las puedo dejar?
Las puedes dipositar en la Oficina de Objetos Perdidos, solicitado una cita por las dos vías mencionadas anteriormente.
Otra vía para hacer llegar objetos perdidos es entregarlos en cualquier dependencia de la Guardia Urbana o las patrullas del cuerpo que estén en la vía pública.
- ¿Cuánto tiempo se guardan los objetos en la Oficina de Objetos Perdidos?
Mientras se espera que alguien los reclame, los objetos y los documentos perdidos son custodiados durante un periodo de seis meses en el almacén de la oficina, tal como determina el artículo 542-22 de la Ley 5/2006 del Código civil de Cataluña.
Una vez transcurrido este plazo y si nadie reclama su propiedad, la persona que encontró el objeto dispone de 30 días para recuperarlo. En este caso, esta persona tiene que mostrar el recibo emitido por la oficina en el momento que entregó el objeto.
- ¿Quién puede recoger un objeto perdido en la Oficina de Objetos Perdidos?
La persona interesada o una persona que actúe en representación de la persona propietaria o de la que encontró el objeto. En este caso, es necesario presentar una autorización firmada.