Preguntas frecuentes de la convocatoria
¿Se puede presentar una propuesta conjuntamente con más personas?
Sí, las agrupaciones pueden ser personas físicas o personas jurídicas.
¿Las agrupaciones de personas pueden ser de personas físicas o de personas jurídicas?
Sí.
¿Se puede presentar una agrupación de personas de más de cuatro miembros?
Sí. En el formulario de solicitud hay espacio para registrar un máximo de cuatro personas. Si la agrupación está formada por más de cuatro personas habrá que adjuntar un documento con los datos de todas las personas que conforman la agrupación (nombre y apellidos o razón social y NIF).
¿Puedo presentar más de un proyecto a las Becas Barcelona Crea?
Con la voluntad de que las becas lleguen al máximo número de personas, solo se admitirá una solicitud por persona.
En este sentido, se tendrá en consideración a la persona física o jurídica solicitante. En caso de recibir más de una candidatura de la misma persona, solo se aceptará la última inscripción registrada.
¿Puedo presentar el mismo proyecto a las Becas Barcelona Crea y a la convocatoria general de subvenciones del Ayuntamiento?
Las Becas Barcelona Crea y la convocatoria general de subvenciones del Ayuntamiento tienen objetivos y finalidades diferentes.
En general, las BBC van dirigidas a apoyar proyectos de creación artística en las fases de conceptualización, gestación y desarrollo de la propuesta. Por lo tanto, se becan las fases previas a la producción, exhibición o presentación pública de la propuesta.
En este documento encontrarás las diferencias principales entre las Becas Barcelona Crea y la convocatoria general de subvenciones del Ayuntamiento de Barcelona.
¿Un proyecto que sea becado puede haber recibido otras ayudas?
Las propuestas no podrán ser becadas si ya han recibido otras ayudas o subvenciones del Ayuntamiento de Barcelona, con anterioridad a la fecha de la presentación de la candidatura a las Becas Barcelona Crea.
Las Becas Barcelona Crea sí son compatibles con otras ayudas o subvenciones concedidas por otras administraciones, entes públicos o privados.
No podrán ser becadas las personas físicas o jurídicas que hayan resultado beneficiarias en la convocatoria Premios Barcelona 2020.
¿Cómo tienen que ser las propuestas presentadas?
Las propuestas tienen que ser de nueva creación y deben tener vinculación con Barcelona o su área metropolitana en los términos que se establecen en la convocatoria.
Además, las propuestas deben ajustarse en su presentación a lo que se especifica en el apartado de “Documentación que hay que presentar” de la convocatoria, así como tener en consideración los criterios de valoración establecidos.
¿Qué quiere decir que la propuesta debe ser de nueva creación?
Se considerará que una propuesta es de nueva creación cuando:
· La propuesta se encuentre en una fase de ideación.
· La propuesta no haya sido presentada con anterioridad públicamente, sea por parte de la persona o entidad participante a la convocatoria o por parte de otras personas o entidades.
· No se hayan llevado a cabo las fases que cubre la ayuda (desarrollo de la propuesta artística previo a la producción).
· No se trate de una reposición o revisión de una creación propia.
¿Cuál es la relación que hay que acreditar con Barcelona o su área metropolitana?
La relación se entenderá acreditada cuando se cumpla, como mínimo, uno de los siguientes supuestos:
· Que el objeto de la propuesta tenga relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana.
· Que la persona o la entidad candidata tenga su residencia en la ciudad de Barcelona o en su área metropolitana.
· Que la persona o la entidad candidata esté vinculada al tejido cultural de Barcelona o de su área metropolitana y que así se desprenda del contenido de la documentación presentada.
¿Cómo hay que acreditar el vínculo con Barcelona o su área metropolitana? ¿Hay que aportar alguna documentación específica?
La acreditación del vínculo con Barcelona o su área metropolitana deberá especificarse bien en el contenido de la propuesta o bien en el contenido del currículum. No habrá que aportar ninguna documentación complementaria.
En todo caso, en la declaración responsable las personas candidatas declaran que todos los datos que constan en la solicitud y en los documentos que lo acompañan son ciertos.
De todas formas, el Ayuntamiento de Barcelona se reserva el derecho de comprobar directamente de las administraciones o mediante la solicitud de la documentación que las personas finalmente becadas cumplen los requisitos exigidos por las bases generales y específicas.
¿Cómo puedo saber qué municipios forman parte del área metropolitana de Barcelona?
Se pueden consultar los municipios que forman parte en este enlace.
¿Cómo se hace el trámite por internet?
Mediante la Oficina Virtual de Trámites. Será necesario el uso de la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático.
¿Qué quiere decir firma electrónica?
Es una certificación electrónica oficial para personas físicas y para representantes de personas jurídicas, que vincula unos datos de verificación de firma y confirma su identidad electrónicamente. Por lo tanto, permite garantizar la identidad de un sujeto y su representatividad.
¿Cómo se puede obtener un certificado digital que permita tener firma electrónica?
Existen diferentes certificados que permiten operar con las administraciones.
Para más información se puede consultar este enlace de la web de la Administración Abierta de Cataluña.
¿Qué es el número de referencia del trámite y dónde lo encuentro?
Es el número que identifica la solicitud una vez realizada. Aparece en la pantalla, una vez finalizado el trámite, y también aparece en el justificante de la presentación de la solicitud. Este número es necesario en el caso de tener que añadir más documentación a la solicitud.
¿Hay algún modelo de currículum establecido?
No. Se puede adjuntar a la solicitud el modelo de currículum que cada persona candidata considere adecuado para que se pueda valorar su trayectoria.
¿Se puede incluir un vídeo o algún otro archivo audiovisual para complementar el currículum?
No se valorará ninguna documentación adicional no requerida en la convocatoria.
¿En qué idioma se puede presentar la documentación?
La documentación se puede presentar tanto en catalán como en castellano.