Becas Barcelona Crea 2021

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Beques Barcelona Crea

Apoyamos tu talento

Las Becas Barcelona Crea son unas ayudas que convoca el Instituto de Cultura de Barcelona destinadas a dar apoyo a la creación y contribuir a mantener el impulso cultural y científico de la ciudad ofreciendo recursos para desarrollar procesos de investigación e innovación artística.

En esta edición las becas estan destinadas a dar soporte a los procesos, previos a la producción, que acompañan a la creación de propuestas artísticas (conceptualización, gestación, investigación, experimentación, documentación...).

 

Modalidades de la convocatoria

A - Creación en artes escénicas

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en los ámbitos del teatro, de la danza, del circo y otras expresiones de las artes del movimiento y artes de calle.

Está prevista la concesión de 42 ayudas en esta modalidad.

 

B - Creación en artes visuales

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de las artes visuales en cualquiera de sus lenguajes. Estas propuestas pueden conceptualizarse tanto para un formato expositivo como para otros formatos.

Está prevista la concesión de 30 ayudas en esta modalidad.

 

C - Creación musical

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de la creación musical en cualquiera de sus lenguajes.

Está prevista la concesión de 23 ayudas en esta modalidad.

 

D - Creación audiovisual

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito del audiovisual en cualquiera de sus formatos.

Está prevista la concesión de 15 ayudas en esta modalidad.

 

E - Culturas populares

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de las culturas populares que conviven en Barcelona o en su área metropolitana. Estas propuestas deben promover la difusión del patrimonio inmaterial y generar interrelación entre los diversos ámbitos de las culturas populares en el mundo asociativo.

Está prevista la concesión de 8 ayudas en esta modalidad.

 

F - Creación literaria y traducción

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en el ámbito de la literatura, es decir, en narrativa, poesía, ensayo y escritura de textos teatrales. Estas obras deben crearse en lengua catalana o castellana. También se pueden incluir propuestas de traducción de cualquier lengua al catalán o al castellano.

Está prevista la concesión de 35 ayudas en esta modalidad.

 

G - Creación de guiones audiovisuales

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística en la escritura de guiones audiovisuales, bien sean propuestas de adaptación de obras literarias ya existentes o bien propuestas de creación propia.  Tanto las propuestas de adaptación como las de escritura de creación propia tienen que ser en lengua catalana o castellana.

Está previsto conceder 7 ayudas en esta modalidad.

 

H - Creación en arte y ciencia

Esta modalidad va dirigida a dar apoyo a propuestas de creación artística que incorporen la interrelación de los lenguajes artísticos con los científicos y tecnológicos. Las propuestas se pueden plantear desde cualquier disciplina artística y acercarse a la ciencia desde cualquier ámbito del saber humano, desde las ciencias experimentales y la tecnología hasta los diversos campos de las ciencias sociales y las humanidades.

Está previsto conceder 10 ayudas en esta modalidad.

 

Información destacada de la convocatoria

Periodo de solicitudes

El periodo para presentar solicitudes se iniciará el 30 de diciembre de 2021 y finalizará el 4 de febrero de 2022, ambos incluidos.

 

¿Quién puede solicitar las becas?

•    Personas físicas mayores de 18 años​.

•    Personas jurídicas legalmente constituidas​.

•    Agrupaciones de personas (físicas o jurídicas), aunque no tengan personalidad jurídica.

Las personas físicas y jurídicas participantes deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales con el Ayuntamiento de Barcelona y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como con la Seguridad Social.

Asimismo, las personas o entidades candidatas deben haber justificado cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Barcelona y sus entidades municipales, una vez agotados los plazos.

 

Documentación que debe contener la solicitud

Documento 1. Formulario de solicitud

 

Documento 2. Explicación de la propuesta

Deberá tener una extensión máxima de 8 páginas (se entiende por página la cara de una hoja), con interlineado 1,5, fuente Arial y cuerpo de letra 12, que incluya:

•   Título.
•   Descripción y propuesta de desarrollo.
•   Objetivos.
•   Metodología de trabajo propuesta.
•   Perspectivas de futuro.

 

Documento 3. Currículum

Deberá tener una extensión máxima de 3 páginas (se entiende por página la cara de una hoja), con interlineado 1,5, fuente Arial y cuerpo de letra 12.  Se deberá presentar el currículum de la persona física o el resumen de la trayectoria profesional de la persona jurídica solicitante, o, en el caso de agrupaciones, de todos sus miembros.

 

Forma de presentación de la solicitud

Excepto las personas físicas, el resto de los sujetos tienen la obligación de presentar la solicitud telemáticamente.

-    Personas jurídicas: telemáticamente (obligatorio)
Para las personas jurídicas es obligatorio cumplimentar y presentar la solicitud a través de la Oficina Virtual de trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento.

-    Personas físicas: telemática (preferentemente) o presencialmente

Telemáticamente a través de la Oficina Virtual de trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona

Presencialmente​:
-    Oficina Ciudadana de Cultura (OCCU)
-    Oficines de atención ciudadana (OAC)
En ambos casos hay que pedir cita previa.

Puede solicitarse cita previa a través de los siguientes canales:

-    Web:
•    Oficina Ciudadana de Cultura (OCCU)
•    Oficinas de Atención Ciudadana (OAC)

-    Teléfono: 010

-    MóvilBarcelona a la butxaca

 

Criterios de valoración

La valoración de las propuestas debe hacerse de acuerdo con los siguientes criterios generales y específicos.

A- Criterios generales

B- Criterios específicos 

La puntuación final de la propuesta resulta de la suma de la puntuación obtenida en ambos grupos de criterios.

La puntuación máxima que se puede otorgar a las propuestas presentadas es de 10 puntos.

Asimismo, en ningún caso pueden ser beneficiarias las propuestas que hayan obtenido una puntuación inferior a los 5 puntos.

 

A  - Criterios generales (hasta 2,5 puntos)

1 -    Grado de innovación de la propuesta (hasta 1,5 puntos)

    ·    Que la propuesta incorpore novedades conceptuales, metodológicas, de lenguajes o de procesos.
    ·    Que la propuesta incorpore diálogo transdisciplinar.
    ·    Que la propuesta incorpore experimentación entre técnicas y lenguajes artísticos.
    ·    Que responda a un reto de la sociedad actual.

 

2 -    Consideración de las perspectivas de género en los contenidos de la propuesta (hasta 0,5 puntos) 

    ·    Que la propuesta candidata esté redactada con un lenguaje inclusivo desde la perspectiva de género.
    ·    Que la perspectiva de género se incorpore en la propuesta presentada a partir de su metodología, o contenido, atendiendo a sus objetivos, actividades, población destinataria o valores que promueve.

 
3 -    Consideración de las perspectivas de interculturalidad en los contenidos de la propuesta (hasta 0,5 puntos) 

    ·    Que se tenga en consideración el reconocimiento de la amplia diversidad cultural y religiosa de la ciudad, de colectivos o culturas minoritarias en la ciudad.
    ·    Que se planteen criterios de creatividad, innovación y flexibilidad con la voluntad de romper con la referencia exclusiva a las artes occidentales o autóctonas.
    ·    Que se planteen criterios de respeto a la convivencia intercultural, igualdad de oportunidades y fomento del diálogo intercultural.

 

B - Criterios específicos (hasta 7,5 puntos) 

1 - Calidad artística de la propuesta (hasta 4,5 punts) 

    ·    El interés artístico y cultural de la propuesta.
    ·    La singularidad de la propuesta.
    ·    La formulación de desarrollo de la propuesta.
    ·    La originalidad del planteamiento de la propuesta.

2 - Relación del objeto de la propuesta con la ciudad de Barcelona (hasta 1 puntos) 

3 - Currículum y trayectoria profesional de la persona o entidad solicitante o de los miembros del grupo (hasta 1 puntos) 

4 - Perspectivas de futuro de la propuesta (hasta 1 puntos) 

    ·    Viabilidad de la propuesta (la capacidad de llevarla a cabo, las posibilidades de implementación, etc.).
    ·    Perspectivas de acceso y circulación del resultado de la propuesta (incorporación de licencias libres, previsión de difusión pública, etc.).
    ·    Perspectivas de desarrollo del resultado de la propuesta en relación con los ámbitos educativos reglados o no reglados, dirigidos a cualquier edad, o dirigidos a la educación a lo largo de la vida.

 

Requisitos de las propuestas

1 - Ser de nueva creación.

Se considerará que una propuesta es de nueva creación cuando:

·    La propuesta se encuentre en una fase de ideación.
·    La propuesta no haya sido presentada con anterioridad públicamente, sea por parte de la persona o entidad participante a la convocatoria o por parte de otras personas o entidades.
·    No se hayan llevado a cabo las fases que cubre la ayuda (desarrollo de la propuesta artística previo a la producción).
·    No se trate de una reposición o revisión de una creación propia.

 

2 - Mantener relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana.

La relación se entiende que está acreditada cuando se cumple, como mínimo, uno de los siguientes supuestos:

·    Que el objeto de la propuesta tenga relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana.
·    Que la persona o la entidad candidata tenga su residencia en la ciudad de Barcelona o en su área metropolitana.
·    Que la persona o la entidad candidata esté vinculada al tejido cultural de Barcelona o de su área metropolitana y que así se desprenda del contenido de la documentación presentada.

 

Jurados de las becas

Los jurados de las Becas Barcelona Crea 2021 los han integrado las siguientes personas:

A propuesta del Consejo de la Cultura de Barcelona: Pau Alsina, Maitane Beaumont, Laura Benítez, Amadeu Carbó, Pilar Cruz, Jordi Fosas, Ester Nadal, Jordi Nopca, Lucía Piedra, Oriol Puig, Neus Rodríguez y Mercè Sarrias.

A propuesta del Instituto de Cultura de Barcelona: David Armengol, Miquel Cabal, Maria Canelles, Antoni Casares, Marçal Cebrian, Carolina Jiménez, Ferran Murillo y Gisela Sais.

 

Motivos de no admisión de la solicitud

Es motivo de no admisión de la candidatura:

·    No presentar el documento 1.
·    No presentar el documento 2.
·    No presentar la documentación obligatoria en tiempo y forma.
·    Haber resultado persona o entidad beneficiaria en la convocatoria de los Premios Barcelona 2020.
·    El incumplimiento de otros requisitos establecidos en las bases reguladoras de las Becas Barcelona Crea o en la presente convocatoria, así como los que establezca la legislación vigente.

 

Periodo de ejecución del proyecto

El período de ejecución del proyecto becado está comprendido entre el otorgamiento definitivo de la beca y el 28 de febrero de 2023.

 

Justificación de la beca

Hasta el 31 de marzo de 2023.

 

Fases de la convocatoria

Beques Barcelona Crea

Resolución provisional

Publicación de la resolución provisional

Descárgate aquí la publicación provisional.

 

En caso de que en la resolución provisional se requiera documentación

Plazo de presentación: del 15 al 29 de junio (incluido).

10 días hábiles que empiezan a contar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución provisional. 

Importante: se recuerda que no presentar la documentación requerida en la resolución provisional puede comportar la pérdida de la subvención otorgada.

 

En caso de estar en desacuerdo con la resolución provisional

Presentar una alegación
Motivo: en caso de disconformidad con la denegación de la solicitud o con la subvención obtenida en la resolución provisional.

Plazo de presentación: del 15 al 29 de junio (incluido).

10 días hábiles que empiezan a contar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución provisional:

Documentación: se debe presentar un documento libre argumentando los motivos de la alegación y solicitando que se reconsidere la valoración.
 

Presentar un recurso
Motivo: en caso de disconformidad con la inadmisión de la solicitud en la resolución provisional.

Plazo de presentación: del 15 de junio al 14 de julio (incluido). 

Un mes que empieza a contar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución provisional.

Documentación: se debe presentar un documento libre que argumente y justifique la disconformidad con la no admisión.

 

Forma de presentación de la documentación

Hay que presentar la documentación con la misma modalidad utilizada en el momento de presentar la solicitud (telemática o presencialmente)

Telemáticamente

A través del portal de Trámites de la convocatoria. Para efectuar este trámite es necesario disponer del número de referencia del trámite, que se indica en el justificante de registro obtenido en el momento de presentar la solicitud. Tiene el siguiente formato: 00000000-00.

 

Presencialmente:
-    Oficina Ciudadana de Cultura (OCCU)
-    Oficinas de atención ciudadana (OAC)
En ambos casos hay que pedir cita previa.

 

Resolución definitiva

Publicación de la resolución definitiva

Descárgate aquí la resolución definitiva

Justificación de la beca

Documentación que tiene que contener la justificación

1.Instancia de justificación

2.Memoria explicativa. Debe contener los siguientes apartados:

- La descripción de las fases del trabajo hechas
- El calendario y la metodologia empleada
- La explicación de los resultados obtenidos
- Las perspectivas de futuro de la propuesta.

 

Periodo de ejecución del proyecto

Hasta el 28 de febrero de 2023
 

Periodo de justificación del proyecto

Hasta el 31 de marzo de 2023
 

Forma de presentación:

Se debe utilitzar la misma modalidad empleada en la presentación de la solicitud.

•A través del portal de trámites de la convocatoria

•A través del registro presencial (en los registros del Ayuntamiento o las OACs)