Convocatoria proyectos de carácter puntual
INTRODUCCIÓN Y OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Con esta convocatoria, el Instituto de Cultura de Barcelona (ICUB) quiere dar apoyo a proyectos de carácter puntual de cualquier disciplina cultural. La convocatoria incluye actividades excepcionales, singulares y no periódicas relacionadas con diferentes ámbitos y sectores de la cultura.
Los proyectos tienen que realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y deben tener como objetivo desarrollar actividades de duración inferior a un mes.
Tienen que ser proyectos puntuales, singulares y excepcionales, no sujetos a periodicidad anual, que tengan carácter extraordinario en el funcionamiento regular de la entidad organizadora y que, mediante las diversas formas de expresión cultural (artes escénicas, música, danza, audiovisuales, artes visuales, literatura, ciencia, tecnología, socioculturales y otras disciplinas), contribuyan a mejorar y enriquecer la oferta y el tejido cultural de la ciudad.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Para los sujetos obligados del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es obligatorio rellenar y presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (http://www.bcn.cat/tramits), siguiendo las instrucciones indicadas en este portal de trámites.
Excepto las personas físicas, el resto de sujetos tienen la obligación de presentar la solicitud telemáticamente.
La no presentación telemática por aquellos sujetos obligados por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas será motivo de inadmisión.
En el caso excepcional de presentación presencial, los documentos se pueden presentar en cualquiera de las oficinas del registro general de los distritos, gerencias o institutos.
Personas físicas o jurídicas que lleven a cabo proyectos que se ajusten al objeto de la convocatoria y cumplan los requisitos específicos que se establecen.
No se podrán presentar a esta convocatoria los proyectos que:
- Se hayan presentado a la convocatoria general de subvenciones del 2019.
- Se presentaron a la misma convocatoria de proyectos puntuales del año 2018.
- Sean objeto de subvención por parte de otras convocatorias del ICUB.
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones a las que hace referencia esta convocatoria las personas jurídicas y físicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas y activas.
- Haber justificado, en el plazo previsto, cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Barcelona y sus entidades municipales.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales y de reintegro con el Ayuntamiento de Barcelona y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como también con la Seguridad Social y el resto de administraciones.
- No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas discriminatorias en razón de sexo o de género según la Ley 17/2015 de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- No se requiere tener sede social o delegación en el término municipal de Barcelona.
¿CÓMO SE PUEDE SOLICITAR?
Julio
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En línea
Por medio de la oficina virtual del Ajuntament de Barcelona
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Presencialmente
Podéis presentar la documentación en las oficines del Registro del Institut de Cultura de Barcelona o en cualquier Oficina de Atención Ciudadana de la ciudad de Barcelona con cita previa.
Si el teu projecte fomenta activitats d’interès públic o social i té com a finalitat:
- La millora de la cohesió i inclusió social de la ciutat
- La promoció de l’associacionisme i el voluntariat.
- El foment de valors socials i culturals i formes de participació noves.
- La millora dels canals de participació ciutadana.
- La cooperació entre el sector públic, el sector no lucratiu i el sector privat.
- El creixement cultural quantitatiu o qualitatiu de la ciutat.
- La promoció d’un desenvolupament més sostenible de la ciutat.
- El foment del civisme i la convivència.
- La promoció d’una ciutat intercultural.
- La contribució a la qualitat de la salut a la ciutat.
- La promoció de defensar i garantir els drets de ciutadania.
- El foment al desenvolupament del comerç de la ciutat.
- L’apoderament de persones i col·lectius en la superació de problemes i desigualtats.
- La promoció de l’acció comunitària.
- La promoció, la defensa i la garantia d’igualtat de gènere, classe social, edat, origen nacional i/o ètnic, religió, diversitat funcional, orientació sexual i identitat de gènere, entre altres. Pots optar a una subvenció de la convocatòria general de l’ICUB.
El resultats de la convocatòria es publicaran en aquest mateix web i al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona.
El projecte s’ha d’iniciar i finalitzar dins de l’any objecte de la convocatòria o del curs escolar 2018-2019.
*En el cas que el projecte tingui lloc entre juliol i desembre del 2018 i no tingui una durada superior a 30 dies, es podrà acollir també a la convocatòria general: puntual, que obrirà a mitjans d’any.
CALENDARIO 2019 DE CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES Y AYUDAS
- Proyectos
- Equipamientos
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27 de diciembre 2018 - 24 de enero 2019
Convocatoria General: Proyectos de Cultura y de Cultura y Educación
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23 de mayo - 13 de junio 2019
Convocatoria General: Proyectos Puntuales
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12 de junio - 3 de julio 2019
IBI
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4 de julio - 6 de septiembre 2019
TICS
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4 de julio - 6 de septiembre 2019
Espacios privados, Galerías, Librerías y Cine
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11 de julio - 6 de septiembre 2019
Salas de Música